Instinto de los espíritus
Origen: Reglas básicas
Categoría: Bárbaro / Instintos
Nivel necesario: 1
Adquisición: Selección
Si eres emocionalmente sensible a los espíritus que te rodean; si adoras a los antepasados o a las apariciones; o si te acecha el espectro de un antepasado, pariente, amigo o enemigo, tu furia adopta la forma de una posesión espiritual.
Anatema
No respetar los cadáveres o los espíritus es anatema para tu instinto; defenderse contra las criaturas muertas vivientes no lo es.
Furia espiritual (aptitud de instinto)
Estando en furia, puedes incrementar de 2 a 3 el daño adicional debido a la furia e infligir daño por energía positiva o negativa, en lugar del daño normal de tu arma o de tu ataque sin armas (eliges cada vez que entras en furia). Si eliges infligir daño por energía positiva o negativa, tu arma o tu ataque sin armas obtiene los efectos de la runa de propiedad toque fantasmal, lo que la convierte en más efectiva contra las criaturas incorporarles, y tu acción de entrar en furia obtiene los rasgos divino y nigromancia, además de negativo o positivo, según resulta apropiado.
Aptitud de especialización
Cuando utilizas furia espiritual incrementas de 3 a 7 el daño adicional debido a la furia. Si dispones de especialización mayor en un arma, en su lugar incrementas a 13 el daño debido a la furia cuando utilizas furia espiritual.
Resistencia furiosa
Resistes la energía negativa, así como el daño infligido por los ataques y las aptitudes de las criaturas muertas vivientes, sea cual sea el tipo de daño.